domingo, 24 de noviembre de 2013

0 Si te pegó no te quiso, si te pega no te quiere y nunca te querrá.


El 25 de noviembre se conmemora, más bien se recuerda, una fecha de las que nunca debe conmemorarse, como es el día internacional contra la violencia de género, ese día que huele a muerte, en los casos extremos, y a dolores imborrables, dado que entre los hechos más atroces se encuentra la violencia verbal y / o física hacia las mujeres.
Hay pocos actos, en la vida, tan cobardes como la violencia verbal y / o física hacia las mujeres; ni la traición que es tan brutal y cobarde llega a superar este hecho.
Abordar la violencia de género es complejo y amplio dado que incluye a todos los sectores de nuestra Patria, la violencia de género no es afín a ningún sector, aunque desde los medios de prensa más influyentes y poderosos se suele aplicar a las clases populares, debido a su ancestral odio a los sectores populares y una cadena de mandos patriarcal en muchos de ellos; y si a esta violencia de género le sumamos, que en su carrera destituyente, todos sus odios disfrazados de titulares y zócalos, están dirigidos en buena parte a nuestra compañera Presidenta Cristina Fernández de Kirchner así podemos considerar, como un buen ejemplo, las decenas de tapas de la revista Noticias donde se combinan el machismo, el antiperonismo y un notable menosprecio a los lectores por el nivel de escaso talento editorial.

Resumimos este recordatorio con la frase que la da nombre a esta entrada “Si te pegó no te quiso, si te pega no te quiere y nunca te querrá” y compartiendo la Ley N° 26.485 sobre violencia de género.

Movimiento Evita La Matanza.


Violencia de Género

Tipos y Modalidades de Violencia

Tipos de violencia:

La ley Nº 26.485 conceptualiza distintos tipos de violencia categorizándolas en:

Física:
La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresión que afecte su integridad física.

Psicológica:
La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento.

Sexual:
Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.

Económica y patrimonial:
La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.

Simbólica:
La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.


Modalidades de Violencia:


Además la ley señala que según las formas que se manifieste en los distintos ámbitos las Modalidades son:

Violencia doméstica:
Aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.

Violencia institucional:
Aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil.

Violencia laboral:
Aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral.

Violencia contra la libertad reproductiva:
Aquella que vulnere el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos, de conformidad con la Ley 25.673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.

Violencia obstétrica:
Aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929.

Violencia mediática:
Aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.


Fuente de información: http://bit.ly/InUH8B

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